¿Puedo pedir la incapacitación judicial de un familiar?

La incapacidad legal, también denominada incapacidad civil, es aquella situación jurídica donde una persona pierde la capacidad de regir su persona y bienes, debido a sus circunstancias físicas, psíquicas y sensoriales. Por tanto, se vuelve necesario que otra persona se convierta en su defensor judicial, curador o tutor, velando por su situación civil.

Por lo general, un familiar directo del presunto incapaz puede iniciar el procedimiento de incapacitación judicial, aunque también podría ser iniciado por el Ministerio Fiscal y el cónyuge. La demanda de incapacidad judicial debe interponerse en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente al domicilio de la persona que vaya a ser incapacitada.

¿En qué situaciones se puede promover la incapacitación judicial de un familiar?

Según lo establecido en el artículo 199 del Código Civil, el principal requisito para promover la incapacidad civil de una persona es que ésta sufra una enfermedad o deficiencia física o psicológica importante, que le impida gobernarse de forma autónoma. Un juez mediante sentencia judicial, puede declarar a una persona como incapaz.

No obstante, incapacitar civilmente a una persona no es un procedimiento sencillo como lo era hasta el 3 de septiembre de 2021 cuando entró en vigencia la Ley 8/2021, la cual reduce considerablemente la posibilidad de incapacitar a una persona, adaptando las leyes a la normativa internacional que busca garantizar los derechos civiles de las personas con discapacidad.

¿Quién puede hacerse cargo de una persona incapaz tras haber sido incapacitado judicialmente?

La misma persona en uso de sus facultades mentales, puede elegir su tutor o curador, decisión que será tomada en consideración por el juez. Por su parte, los parientes de la persona incapaz, sus descendientes, ascendientes y hermanos, así como su cónyuge. Tres figuras pueden hacerse cargo de la persona que recibe incapacidad civil:

  • Tutor. Quién representará legalmente a la persona incapacitada.
  • Curador. Quién sirve como complemento a las capacidades de la persona incapacitada, asistiéndole de forma parcial en la toma de decisiones.
  • Defensor judicial. Quién interviene cuando ocurre un conflicto de intereses entre la persona que ejerce la tutela/curatela y la persona sometida a ella.

El procedimiento de incapacitación judicial puede dividirse en dos partes:

  1. Fase escrita. Donde se solicitan las medidas de apoyo que el tutor pueda considerar necesarias, adjuntando los documentos que sustentan la petición (informes médicos, etc.). 
  2. Comparecencia. Informando a la persona incapacitada sobre las diversas alternativas disponibles según el caso.

Cualquier decisión tomada por el juez estará sujeta a una revisión periódica, no mayor a tres años, aunque existen situaciones donde la revisión se establece cada seis años.

¿Es posible revertir la situación de incapacidad civil?

Sí. Es posible dejar sin efecto una sentencia de incapacidad, siendo indispensable que la persona incapaz o sus familiares se encarguen de certificar que el sometido a curatela/tutela ha recobrado la capacidad de tomar decisiones sobre su patrimonio y regir su propia vida. No es un asunto frecuente, pero es una posibilidad contemplada en la ley.

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